Guía actualizada

Deducción IRPF 2026 por placas solares y aerotermia: 20%, 40% o 60%, ¿cuál te toca?

Las tres deducciones por eficiencia energética explicadas con casos reales, documentos necesarios y errores que las anulan.

Por Equipo editorial · Actualizado 03/06/2026

Índice

  1. Las tres deducciones por eficiencia energética: tabla resumen
  2. Deducción del 20%: para obras de reducción de demanda
  3. Qué obras aplican
  4. Lo que necesitas para justificarlo
  5. Límite práctico
  6. Deducción del 40%: para mejoras de consumo energético
  7. Qué obras aplican
  8. Lo que necesitas para justificarlo
  9. Límite práctico
  10. Deducción del 60%: para edificios completos y viviendas unifamiliares integrales
  11. Quién puede aplicarla
  12. Qué mejora se exige
  13. Base máxima y arrastre de 4 años
  14. Placas solares: ¿qué tramo aplica?
  15. Aerotermia y bomba de calor: uno de los casos más habituales
  16. Compatibilidad con otras ayudas: qué pasa con el PERTE, fondos FEDER y ayudas autonómicas
  17. Los errores más comunes que impiden aplicar la deducción
  18. Plazo para aplicar las deducciones

# Deducción IRPF 2026 por placas solares y aerotermia: 20%, 40% o 60%, ¿cuál te toca?

Si en 2026 has instalado placas solares, aerotermia, bomba de calor o has reformado la fachada o cubierta para mejorar la eficiencia energética de tu vivienda, puedes deducirte entre el 20% y el 60% de la inversión en tu declaración de la renta. El Real Decreto-ley 16/2025 prorrogó estas deducciones hasta el 31 de diciembre de 2026 y, en algunos casos, hasta 2027. Esta guía explica qué porcentaje te corresponde, cuáles son los límites y qué documentos necesitas para aplicarla sin problemas.

Las tres deducciones por eficiencia energética: tabla resumen

El sistema de deducciones tiene tres tramos según el nivel de mejora energética que acredite la obra:

Deducción%Mejora requeridaBase máxima anualImporte máximo/año
Tramo 120%Reducción ≥ 7% demanda calefacción y refrigeración5.000 €1.000 €
Tramo 240%Reducción ≥ 30% consumo energía primaria no renovable, o calificación A/B7.500 €3.000 €
Tramo 360%Reducción ≥ 30% consumo en edificios completos, o calificación A/B5.000 €/año (máx. 15.000 € total)3.000 €/año

El importe que no puedes deducir en un año por superar la base máxima se puede trasladar a los cuatro ejercicios siguientes, salvo en el tramo 1 que no tiene arrastre.

Deducción del 20%: para obras de reducción de demanda

Qué obras aplican

El tramo del 20% es el más sencillo de alcanzar. Aplica cuando la instalación reduce al menos un 7% la demanda conjunta de calefacción y refrigeración de la vivienda. Obras que habitualmente lo consiguen:

  • Mejora del aislamiento de fachadas, cubiertas o suelos
  • Sustitución de ventanas por vidrios de baja emisividad
  • Instalación de toldos, lamas o protecciones solares que reduzcan la ganancia de calor
  • Algunas instalaciones de aerotermia o bomba de calor que sustituyen sistemas menos eficientes

Lo que necesitas para justificarlo

  • Certificado de eficiencia energética antes de las obras con la demanda de calefacción y refrigeración en kWh/m²·año
  • Certificado de eficiencia energética después de las obras que acredite la reducción del 7%
  • Factura de la empresa instaladora con tu NIF y desglose de la obra
  • Justificante de pago bancario (no sirve el efectivo)

Límite práctico

Con una base máxima de 5.000 €, la deducción máxima es de 1.000 € al año. Si la obra cuesta 8.000 €, solo deduce sobre 5.000 €. El exceso de 3.000 € no se puede trasladar a años siguientes.

Deducción del 40%: para mejoras de consumo energético

Qué obras aplican

El tramo del 40% requiere una mejora más sustancial: reducir el consumo de energía primaria no renovable en al menos un 30%, o que la vivienda alcance una calificación energética de A o B después de las obras. Esto lo consiguen habitualmente:

  • Instalación de paneles fotovoltaicos con autoconsumo (si combinados con otras mejoras alcanzan el 30%)
  • Instalación de aerotermia sustituyendo caldera de gas o gasoil
  • Bomba de calor de alta eficiencia COP ≥ 3,5 combinada con mejora del aislamiento
  • Rehabilitación integral de la envolvente térmica (fachada + cubierta + ventanas)

Lo que necesitas para justificarlo

Los requisitos documentales son idénticos al tramo 1, pero la mejora que debe acreditar el certificado posterior es más exigente:

  • El certificado debe mostrar que la calificación de consumo de energía primaria no renovable ha mejorado al menos un 30%, o que la calificación global alcanza A o B
  • La empresa instaladora debe ser una empresa registrada en el organismo competente de tu comunidad autónoma
  • En algunos casos, la comunidad autónoma exige visado del proyecto o licencia de obra menor

Límite práctico

La base máxima es 7.500 € al año, con una deducción máxima de 3.000 €. Esta deducción no permite arrastre de importes no deducidos al siguiente año.

Deducción del 60%: para edificios completos y viviendas unifamiliares integrales

Quién puede aplicarla

El tramo del 60% está pensado para rehabilitaciones más ambiciosas:

  • Propietarios de viviendas unifamiliares que acometan una rehabilitación energética integral
  • Comunidades de propietarios que rehabiliten el edificio completo (distribución proporcional a cada propietario según cuota de participación)
  • Cada propietario de un piso en un edificio rehabilitado puede aplicar el 60% sobre su parte proporcional de la inversión

Qué mejora se exige

  • Reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable del edificio completo
  • O alcanzar calificación energética A o B en el edificio completo

Base máxima y arrastre de 4 años

Este tramo tiene las condiciones más generosas:

  • Base máxima anual: 5.000 €
  • Máximo total acumulado (sumando los cuatro años): 15.000 €
  • El importe no deducido en un año sí puede trasladarse a los cuatro ejercicios siguientes

Esto significa que una obra de 25.000 € puede generar hasta 15.000 € en base de deducción, repartida en hasta 4 años:

  • Año 1: 5.000 € × 60% = 3.000 € de deducción
  • Año 2: 5.000 € × 60% = 3.000 €
  • Año 3: 5.000 € × 60% = 3.000 €
  • Total: 9.000 € de reducción en la cuota del IRPF

Placas solares: ¿qué tramo aplica?

La instalación de paneles fotovoltaicos por sí sola no garantiza alcanzar el tramo del 40%. Depende de si el sistema de autoconsumo logra reducir el consumo de energía primaria no renovable en un 30%.

En una vivienda que usa gas natural para calefacción y ACS, instalar fotovoltaica reduce el consumo eléctrico pero no necesariamente el de gas. El 30% hay que medirlo sobre el total de energía primaria no renovable de la vivienda, no solo la eléctrica.

Lo más habitual en la práctica:

  • Fotovoltaica sola → tramo del 20% (si cumple el 7% de reducción de demanda)
  • Fotovoltaica + aerotermia (sustituyendo caldera de gas) → muy probable tramo del 40%
  • Fotovoltaica + aerotermia + aislamiento de envolvente → puede alcanzar el 60% con resultado A o B

El certificado energético posterior es el documento que determina en qué tramo caes, no la instalación en sí.

Aerotermia y bomba de calor: uno de los casos más habituales

La aerotermia sustituyendo una caldera de gas es una de las combinaciones que más fácilmente alcanza el tramo del 40%: la energía primaria no renovable cae de forma drástica al eliminar el gas, aunque la demanda eléctrica aumente.

Para asegurar el tramo del 40%:

  1. Encarga el certificado energético antes de la obra (obligatorio)
  2. La empresa instaladora debe emitir una factura detallada y estar registrada
  3. Encarga el certificado posterior una vez finalizada la instalación
  4. Verifica que el resultado muestre la mejora del 30% o la calificación A/B

Si el técnico que emite el certificado posterior no puede acreditar la mejora del 30%, caerías al tramo del 20%.

Compatibilidad con otras ayudas: qué pasa con el PERTE, fondos FEDER y ayudas autonómicas

Las deducciones IRPF son compatibles con subvenciones directas (PERTE de la Industria, ayudas del IDAE, fondos de comunidades autónomas), pero la base de la deducción se reduce en el importe de la subvención recibida:

Base deducible = Coste total de la obra − Subvenciones recibidas

Ejemplo: obra de 15.000 €, subvención recibida de 4.000 €. Base deducible: 11.000 €. Con deducción del 40%: 11.000 × 40% = 4.400 € de deducción, con el límite de la base máxima de 7.500 €.

Los errores más comunes que impiden aplicar la deducción

  • No hacer el certificado energético antes de la obra: si no existe el certificado previo, no hay referencia para acreditar la mejora. La AEAT puede denegar la deducción completa.
  • Pagar en efectivo: la normativa exige pago mediante transferencia, tarjeta bancaria o cualquier medio que deje trazabilidad. Los pagos en efectivo no dan derecho a deducción.
  • Contratar empresa no registrada: en algunas comunidades, el técnico o la empresa debe estar inscrita en un registro específico. Pide siempre que la empresa te facilite su número de registro autonómico.
  • Aplicar el tramo del 40% o 60% sin certificado posterior: el certificado posterior es imprescindible. Sin él, la deducción no es válida aunque la obra se haya hecho correctamente.
  • Aplicar sobre la vivienda habitual cuando se trata de segunda residencia: el tramo 1 y el tramo 2 son solo para vivienda habitual. El tramo 3 aplica también a otras viviendas cuando se trata de edificios completos con comunidad de propietarios.

Plazo para aplicar las deducciones

Las obras deben finalizarse antes del 31 de diciembre de 2026 para aplicar las deducciones en la campaña de la renta de 2026 (presentada en 2027). El Real Decreto-ley 16/2025 prorrogó el plazo original, que estaba previsto expirar en diciembre de 2024.

Para el tramo del 60% con arrastre de cuatro años, el gasto puede haberse producido a partir de 2022 y aún quedar saldo pendiente de deducir en ejercicios anteriores.

Herramienta recomendada

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Preguntas frecuentes

¿Necesito el certificado energético previo a las obras para aplicar la deducción?

Sí, es imprescindible. Sin el certificado previo no hay referencia para demostrar la mejora. Si ya hiciste las obras sin certificado previo, la deducción no es aplicable aunque el certificado posterior muestre una mejora significativa.

¿Instalar placas solares me da derecho automáticamente al 40% de deducción?

No necesariamente. El porcentaje lo determina el certificado energético posterior, no la instalación en sí. Las placas solares solas pueden dar el 20% si reducen la demanda en un 7%, pero el 40% requiere una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable o alcanzar calificación A/B.

¿La deducción aplica también a las obras en una comunidad de propietarios?

Sí, en el tramo del 60%. Cada propietario puede aplicar la deducción sobre la parte proporcional de la inversión del edificio según su coeficiente de participación. Se necesita certificado del edificio completo antes y después de las obras.

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