Guía actualizada
Verifactu vs factura electrónica: diferencias en 2026
Índice
- Qué es Verifactu y en qué se diferencia de la factura electrónica
- Cómo funciona Verifactu: lo que exige a tu software
- Cuándo es obligatoria la factura electrónica para autónomos en 2026
- Ejemplo práctico 1: autónomo con software de facturación estándar
- Ejemplo práctico 2: autónomo que usa una hoja de cálculo o Word
- Qué pasa si no cumples: sanciones aplicables
- Verifactu y el IVA: cómo afecta a tus declaraciones
- Cómo saber qué te aplica: árbol de decisión
- Pasos concretos para cumplir en 2026
- Fuentes y normativa de referencia
# Verifactu vs factura electrónica: diferencias y qué te aplica en 2026
Verifactu y la factura electrónica son dos obligaciones fiscales distintas que en 2026 generan confusión entre autónomos y pymes. La factura electrónica estructurada (Ley Crea y Crece) afecta a las relaciones entre empresas y autónomos (B2B), mientras que Verifactu es un sistema de verificación de registros de facturación que Hacienda exige a los programas de software. Conocer cuál te aplica —y cuándo— es clave para evitar sanciones.
Qué es Verifactu y en qué se diferencia de la factura electrónica
Verifactu (acrónimo de Verificación de Facturas) es un sistema regulado por el Reglamento de requisitos de los sistemas y programas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023, BOE de 5 de octubre de 2023). Su objetivo es garantizar que el software que usas para emitir facturas no permite alterar, eliminar ni falsificar registros. No es un formato de factura: es una exigencia sobre el programa informático que utilizas.
La factura electrónica estructurada, por su parte, nace de la Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece) y obliga a emitir facturas en formato digital estructurado (como Facturae o UBL) entre empresarios y profesionales. Aquí el foco está en el formato del documento que envías a tu cliente.
En resumen:
- Verifactu: afecta al software de facturación. Exige que el programa genere registros inalterables y los envíe (o permita enviar) a la AEAT en tiempo real.
- Factura electrónica (Crea y Crece): afecta al formato del documento que emites. Obliga a usar formatos estructurados legibles por máquina en operaciones B2B.
Ambas pueden coincidir en tu actividad, pero son marcos normativos independientes con calendarios y requisitos distintos.
Cómo funciona Verifactu: lo que exige a tu software
El Real Decreto 1007/2023 (AEAT) establece que los sistemas informáticos de facturación deben cumplir una serie de requisitos técnicos desde el 1 de julio de 2025 para empresas y desde el 1 de enero de 2026 para autónomos y resto de obligados (según la normativa vigente en 2026; verifica las fechas actualizadas en agenciatributaria.gob.es, ya que pueden haberse prorrogado).
Los requisitos principales que debe cumplir tu software bajo Verifactu son:
- Registro inalterable: cada factura genera un registro que no puede modificarse ni eliminarse sin dejar huella.
- Encadenamiento de registros: cada registro está vinculado al anterior mediante un hash criptográfico, lo que impide manipulaciones retroactivas.
- Envío voluntario u obligatorio a la AEAT: si el software es Verifactu, envía los registros automáticamente a Hacienda. Si no lo es, debe cumplir igualmente los requisitos de inalterabilidad, pero sin envío automático.
- Código QR en la factura: las facturas emitidas con software Verifactu deben incluir un código QR que permite al receptor verificar la factura en la sede electrónica de la AEAT.
Lo que esto significa para ti como autónomo: no tienes que hacer nada directamente con Verifactu salvo asegurarte de que el programa de facturación que usas ya cumple con el reglamento. La responsabilidad técnica recae en el proveedor del software, pero la responsabilidad fiscal de usar un sistema homologado es tuya.
Cuándo es obligatoria la factura electrónica para autónomos en 2026
La factura electrónica estructurada (Ley Crea y Crece) tiene un calendario de implantación escalonado. Según la normativa vigente en 2026 y el desarrollo reglamentario pendiente de aprobación definitiva:
- Empresas con facturación superior a 8 millones de euros: obligación ya en vigor desde 2025.
- Resto de empresarios y autónomos (facturación inferior a 8 millones de euros): la obligación se activa cuando el reglamento de desarrollo entre en vigor y transcurra el plazo establecido (consulta el estado actualizado en agenciatributaria.gob.es, ya que a fecha de redacción de este artículo el reglamento definitivo estaba pendiente de publicación en el BOE).
Lo que sí está claro es que la factura electrónica solo es obligatoria en operaciones B2B (entre empresarios y profesionales). Las facturas a consumidores finales (B2C) no están afectadas por esta obligación.
Importante: si ya emites facturas a través de la plataforma pública FACe o del sistema de la AEAT para operaciones con la Administración Pública, ya estás cumpliendo con la factura electrónica en ese ámbito. Eso es independiente de la obligación B2B de Crea y Crece.
Ejemplo práctico 1: autónomo con software de facturación estándar
Imagina que eres diseñadora gráfica autónoma, facturas 45.000 € anuales y usas un programa de facturación de escritorio que compraste hace tres años.
Situación respecto a Verifactu: tu software debe haber sido actualizado por el proveedor para cumplir el Real Decreto 1007/2023. Si no lo ha hecho, estás usando un sistema no homologado y podrías enfrentarte a sanciones (la Ley Antifraude, Ley 11/2021, establece multas de hasta 50.000 € por usar software que no cumpla los requisitos). Contacta con tu proveedor para confirmar la homologación.
Situación respecto a la factura electrónica: si tus clientes son empresas o autónomos (B2B), deberás emitir facturas en formato estructurado cuando el reglamento de Crea y Crece entre en vigor para tu tramo. Si tus clientes son particulares, esta obligación no te afecta.
Acción inmediata: verifica con tu proveedor de software si ya cumple Verifactu y si tiene previsto integrar la emisión de facturas electrónicas estructuradas.
Ejemplo práctico 2: autónomo que usa una hoja de cálculo o Word
Si emites facturas con Excel, Word o cualquier herramienta que no sea un software de facturación específico, debes saber que estas herramientas no pueden cumplir los requisitos de Verifactu por diseño: no generan registros encadenados ni inalterables.
Esto significa que, a partir de la fecha de obligatoriedad para autónomos, no podrás seguir usando hojas de cálculo para facturar si estás sujeto al reglamento. Deberás migrar a un software homologado.
La AEAT ha publicado en su sede electrónica información sobre los requisitos que deben cumplir los sistemas (agenciatributaria.gob.es). Algunos proveedores de software gratuito o de bajo coste ya han adaptado sus herramientas.
Coste estimado: los programas de facturación homologados para autónomos oscilan entre 0 € (soluciones gratuitas con funcionalidades básicas) y 30-50 €/mes para soluciones completas con contabilidad integrada. Algunos están cubiertos parcialmente por el Kit Digital (según el segmento de beneficiarios vigente en 2026).
Qué pasa si no cumples: sanciones aplicables
La Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (BOE de 10 de julio de 2021) introdujo sanciones específicas por el uso de software de doble uso o que no cumpla los requisitos de inalterabilidad:
- Multa de hasta 50.000 € por la producción, comercialización o tenencia de software que permita la manipulación de registros contables o de facturación.
- Sanciones adicionales por incumplimiento de la obligación de factura electrónica, cuyo régimen sancionador específico se desarrollará en el reglamento de Crea y Crece.
El riesgo no es solo económico: el uso de software no homologado puede ser interpretado por Hacienda como un indicio de ocultación de ingresos en una inspección.
Verifactu y el IVA: cómo afecta a tus declaraciones
Uno de los efectos prácticos de Verifactu es que Hacienda tendrá acceso en tiempo real a los registros de facturación de quienes usen software con envío automático. Esto tiene implicaciones directas en tus declaraciones de IVA (Modelo 303) e IRPF (Modelo 130 o declaración anual):
- Los datos de tus facturas emitidas estarán disponibles en la sede de la AEAT, lo que puede facilitar la detección de discrepancias entre lo declarado y lo facturado.
- Si ya estás en el SII (Suministro Inmediato de Información), Verifactu no te añade obligaciones nuevas en ese sentido, ya que el SII ya implica el envío de registros de facturación.
- Para el resto de autónomos, Verifactu supone una mayor trazabilidad de su actividad ante Hacienda.
Esto no es necesariamente negativo: si llevas tu facturación al día y declaras correctamente, la trazabilidad te protege frente a reclamaciones infundadas.
Cómo saber qué te aplica: árbol de decisión
Usa este esquema para identificar tu situación:
¿Usas un software de facturación?
- Sí → Verifica con el proveedor si ya cumple el Real Decreto 1007/2023 (Verifactu).
- No (usas Excel/Word) → Debes migrar a un software homologado antes de la fecha de obligatoriedad.
¿Facturas a otras empresas o autónomos (B2B)?
- Sí → Estarás obligado a emitir factura electrónica estructurada cuando el reglamento de Crea y Crece entre en vigor para tu tramo.
- No (solo facturas a particulares) → La obligación de factura electrónica B2B no te afecta, pero Verifactu sí.
¿Facturas a la Administración Pública?
- Sí → Ya debes emitir factura electrónica (obligación preexistente, independiente de Crea y Crece).
Pasos concretos para cumplir en 2026
- Contacta con tu proveedor de software y solicita confirmación escrita de que el programa cumple el Real Decreto 1007/2023.
- Si no tienes software, evalúa opciones homologadas. Consulta si puedes acceder a financiación a través del Kit Digital.
- Revisa tus clientes: identifica cuáles son B2B para anticipar la obligación de factura electrónica estructurada.
- Actualiza tus plantillas de factura para incluir el código QR si tu software ya lo genera.
- Consulta el estado del reglamento de Crea y Crece en agenciatributaria.gob.es, ya que los plazos pueden haber variado.
Si tienes dudas sobre cómo afecta tu situación concreta, puedes usar las herramientas de simulación y consulta disponibles en la sede electrónica de la AEAT o acudir a un asesor fiscal.
Fuentes y normativa de referencia
- Real Decreto 1007/2023, de 5 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación (BOE núm. 239, de 6 de octubre de 2023).
- Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece), de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (BOE núm. 234, de 29 de septiembre de 2022).
- Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (BOE núm. 164, de 10 de julio de 2021).
- AEAT — Sede electrónica: agenciatributaria.gob.es (sección Verifactu y factura electrónica).
- BOE — boe.es.
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Preguntas frecuentes
¿Verifactu y factura electrónica son lo mismo?
No, son dos obligaciones distintas. Verifactu (Real Decreto 1007/2023) regula los requisitos técnicos que debe cumplir el software de facturación: registros inalterables, encadenamiento criptográfico y, opcionalmente, envío automático de datos a la AEAT. La factura electrónica estructurada (Ley Crea y Crece, Ley 18/2022) obliga a emitir facturas en formato digital estructurado (como Facturae o UBL) en operaciones entre empresarios y profesionales (B2B). Puedes estar obligado a cumplir ambas, solo una, o ninguna dependiendo de tu actividad y del tipo de clientes que tengas.
¿Los autónomos están obligados a usar Verifactu en 2026?
Según el Real Decreto 1007/2023, los autónomos y el resto de obligados tributarios distintos de las grandes empresas debían adaptar sus sistemas de facturación a los requisitos de Verifactu a partir del 1 de enero de 2026, aunque los plazos han estado sujetos a posibles prórrogas. La obligación no recae directamente en el autónomo de forma técnica, sino en el proveedor del software que utiliza. Sin embargo, el autónomo es responsable de usar un programa homologado. Si usas Excel o Word para facturar, debes migrar a un software que cumpla el reglamento. Verifica el estado actualizado en agenciatributaria.gob.es.
¿Qué pasa si sigo usando Excel para hacer mis facturas en 2026?
Usar Excel, Word u otras herramientas genéricas para emitir facturas incumple los requisitos del Real Decreto 1007/2023 una vez que la obligación entre en vigor para tu colectivo, ya que estas herramientas no pueden generar registros inalterables ni encadenados. La Ley 11/2021 de lucha contra el fraude fiscal establece sanciones de hasta 50.000 € por el uso de software que no cumpla los requisitos de inalterabilidad. Además, en una inspección, el uso de herramientas no homologadas puede interpretarse como un indicio de manipulación de registros. La solución es migrar a un software de facturación homologado, muchos de los cuales tienen versiones gratuitas o de bajo coste.
¿La factura electrónica obligatoria afecta a mis facturas a clientes particulares?
No. La obligación de factura electrónica estructurada derivada de la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) afecta exclusivamente a las operaciones entre empresarios y profesionales, es decir, relaciones B2B. Si todos tus clientes son consumidores finales (particulares), no estarás obligado a emitir facturas electrónicas estructuradas bajo esta normativa. Sin embargo, sí debes cumplir con los requisitos de Verifactu en cuanto al software que utilizas para emitir cualquier tipo de factura, independientemente de si el destinatario es empresa o particular.
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