Guía actualizada
¿Tienes un chatbot en tu web? Lo que exige el artículo 50 del AI Act desde el 2 de agosto de 2026
Índice
Si tu negocio atiende a clientes con un chatbot —en la web, en WhatsApp o en redes—, desde el 2 de agosto de 2026 el usuario tiene derecho a saber que está hablando con una máquina. Lo exige el artículo 50 del Reglamento europeo de IA (Reglamento (UE) 2024/1689), es la obligación más fácil de cumplir de toda la norma y, aun así, la mayoría de webs pequeñas todavía no la cumple. Esta guía explica exactamente qué chatbots están afectados, cómo es un aviso válido, qué multa hay en juego y cómo resolverlo en una tarde.
Qué chatbots están afectados (y cuáles no)
La obligación aplica a los sistemas de IA destinados a interactuar directamente con personas: asistentes conversacionales que entienden lenguaje natural y generan respuestas.
Afectados:
- Chatbots de atención al cliente basados en IA (web, WhatsApp Business, Instagram, Messenger)
- Asistentes virtuales que responden dudas, recomiendan productos o gestionan citas
- Voicebots telefónicos con voz sintética que conversan con el cliente
NO afectados:
- Menús de botones con respuestas predefinidas (árboles de decisión sin IA)
- Formularios de contacto clásicos
- Respuestas automáticas fijas ("gracias por tu mensaje, te contestamos en 24 h")
La prueba práctica: si el sistema entiende una pregunta escrita libremente y redacta una respuesta, es IA a estos efectos. Si solo ofrece opciones cerradas, no lo es.
Hay una excepción de sentido común: si resulta evidente para una persona razonablemente informada que está tratando con una IA, la obligación se entiende cumplida. Pero jugar la carta de "era evidente" ante un requerimiento es mala estrategia cuando el aviso cuesta una línea de texto.
Cómo es un aviso que cumple
El reglamento no impone una fórmula literal. Los criterios: el usuario debe saberlo de forma clara, en el primer contacto y sin tener que buscarlo.
Ejemplos que funcionan:
- Nombre y presentación del asistente: "Hola, soy el asistente virtual de [tu negocio]. ¿En qué puedo ayudarte?"
- Etiqueta permanente en la cabecera del chat: "Asistente virtual (IA)"
- En voicebots: mención al inicio de la llamada ("le atiende un asistente automático")
Lo que NO cumple:
- Enterrar la mención en la política de privacidad o en los términos y condiciones
- Un icono ambiguo sin texto
- Dar al bot nombre y foto de una persona real y dejar que el cliente crea que chatea con "Laura"
Ese último caso es el más delicado: hacer pasar la IA por un empleado humano no es solo incumplir el artículo 50; según el contexto puede rozar la práctica comercial engañosa, que ya está sancionada por la normativa de consumo de siempre.
Si el chatbot lo puso tu agencia o usas un SaaS
Da igual quién lo instalara: de cara al usuario, el chatbot es de tu negocio. En la práctica:
- Pregunta a tu proveedor (agencia o plataforma de chatbot) si el aviso de IA es configurable. En las plataformas serias lo es, precisamente por el AI Act.
- Actívalo y personalízalo con el nombre de tu negocio.
- Haz una captura con fecha del aviso funcionando. Es tu evidencia de cumplimiento: barata y suficiente para un primer requerimiento.
Los proveedores de las plataformas tienen sus propias obligaciones como proveedores de sistemas de IA, pero eso no te exime del deber de transparencia en tu canal.
Qué sanción hay en juego
Incumplir las obligaciones de transparencia del artículo 50 cae en el tramo del artículo 99.4 del reglamento: hasta 15 millones de euros o el 3 % de la facturación global anual, el importe mayor. Son máximos pensados para grandes operadores: el propio reglamento ordena que las sanciones a pymes sean proporcionadas, y en España la AESIA (la autoridad de supervisión) empezará previsiblemente por requerimientos y apercibimientos antes que por multas.
Pero el cálculo relevante para ti no es "cuánto es la multa máxima", sino este otro: cumplir cuesta una línea de texto y diez minutos; incumplir te expone a requerimientos, a la sanción que corresponda y a explicarle a un cliente enfadado por qué "Laura" no existía.
Aprovecha para revisar el resto de tu checklist
El chatbot suele ser la primera obligación visible, pero rara vez la única: si además publicas contenido generado con IA o usas herramientas de IA en el equipo, hay más artículos del reglamento que te tocan. Puedes comprobarlo en dos minutos con nuestra checklist interactiva del AI Act, y tienes el mapa completo de obligaciones en la guía del AI Act para autónomos y pymes.
Y si vas a incorporar un chatbot ahora y te preocupa el coste: las categorías de IA del Kit Digital (gestión de clientes con IA) financian precisamente este tipo de solución, ya adaptada a la norma. Lo explicamos en la guía de ayudas para implantar IA.
Preguntas frecuentes
¿Mi chatbot de WhatsApp Business también cuenta?
Sí, si es un asistente basado en IA. El canal (web, WhatsApp, Instagram) es indiferente: lo que importa es que una IA converse con personas. Si solo usas las respuestas rápidas predefinidas de WhatsApp Business, eso no es un sistema de IA.
¿Tengo que avisar en cada mensaje?
No. Basta con que el usuario sea informado de forma clara en el primer contacto o al inicio de la interacción. Una etiqueta permanente visible en la ventana del chat es la solución más cómoda porque cubre también a quien se incorpora a la conversación más tarde.
¿Y si el chatbot pasa la conversación a un humano?
El aviso funciona en ambos sentidos: la práctica recomendable es indicar también el cambio ("te paso con un compañero del equipo"), para que el cliente sepa en todo momento con quién habla. El reglamento exige declarar la IA; declarar al humano es cortesía que refuerza la confianza.
¿Esto aplica ya o desde agosto?
El artículo 50 es exigible desde el 2 de agosto de 2026. Pero no hay ninguna razón para esperar: el aviso mejora la confianza del usuario desde hoy y te quita un punto de la lista de pendientes.
Herramienta recomendada
Preguntas frecuentes
¿Qué chatbots obliga a identificar el artículo 50 del AI Act?
Los sistemas de IA que interactúan directamente con personas: asistentes conversacionales que entienden lenguaje natural y generan respuestas, en cualquier canal (web, WhatsApp Business, Instagram, voicebots telefónicos). Los menús de botones con respuestas predefinidas, sin IA, no están afectados. La obligación es exigible desde el 2 de agosto de 2026.
¿Cómo debe ser el aviso de que el usuario habla con una IA?
Claro, en el primer contacto y sin que haya que buscarlo: una presentación del tipo "soy el asistente virtual de [negocio]" o una etiqueta permanente "Asistente virtual (IA)" en la ventana del chat. No vale enterrarlo en la política de privacidad, ni dar al bot nombre y foto de una persona real dejando creer al cliente que chatea con un humano.
¿Qué multa hay por no identificar el chatbot como IA?
Incumplir la transparencia del artículo 50 entra en el tramo del artículo 99.4 del reglamento: hasta 15 millones de euros o el 3 % de la facturación global anual. Son máximos pensados para grandes operadores; a las pymes el reglamento garantiza proporcionalidad, y lo previsible en España son requerimientos de la AESIA antes que multas. Cumplir cuesta una línea de texto.
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