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Fiscalidad de cuentas remuneradas y depósitos en 2026

Retención del 19%, declaración de intereses en el IRPF, Letras del Tesoro y productos de plataformas extranjeras sin retención.

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Hucha de cerdito con monedas

Índice

  1. Cómo tributan: rendimientos del capital mobiliario
  2. La retención del 19 %: no es lo que acabas pagando
  3. Tramos de la base del ahorro en 2026
  4. Ejemplo: cuánto pagas por 1.000 € de intereses
  5. ¿Y los "regalos" por abrir una cuenta?
  6. Cuentas en bancos extranjeros y neobancos
  7. Cuentas con varios titulares: quién declara los intereses
  8. ¿Tengo obligación de declararlos?
  9. Cómo declararlos en la Renta paso a paso
  10. Consejos para pagar menos (o evitar sustos)
  11. Fuentes y normativa de referencia

Los intereses que te paga una cuenta remunerada o un depósito a plazo no son dinero "limpio": tributan en el IRPF como rendimientos del capital mobiliario, dentro de la base del ahorro. El banco te aplica una retención del 19 % cuando te abona los intereses, pero ese no es el impuesto final: en la declaración de la Renta se recalcula y puedes pagar entre el 19 % y el 30 % según cuánto ganes. La novedad de 2026 es que el tramo más alto del ahorro sube del 28 % al 30 %. Te explicamos cuánto pagas de verdad y cómo declararlo, con ejemplos.

Cómo tributan: rendimientos del capital mobiliario

Tanto las cuentas remuneradas como los depósitos a plazo fijo generan rendimientos del capital mobiliario y reciben el mismo trato fiscal (Ley 35/2006, art. 25). Esos intereses se integran en la base imponible del ahorro, junto con dividendos, intereses de bonos y las ganancias o pérdidas patrimoniales por la venta de productos financieros.

Es importante entenderlo: el ahorro no tributa en la escala general del IRPF (la del salario), sino en su propia escala, normalmente más baja.

La retención del 19 %: no es lo que acabas pagando

Cuando el banco te ingresa los intereses, retiene un 19 % y lo adelanta a Hacienda en tu nombre (es la retención a cuenta del IRPF; AEAT). Ese 19 % es un anticipo, no el impuesto definitivo:

  • Si el total de tus rendimientos del ahorro en el año no supera los 6.000 €, tu tipo es el 19 % y la retención suele dejar la cuenta saldada.
  • Si superas ese umbral, la parte que cae en tramos superiores tributa al 21 % o más, y tendrás que abonar la diferencia en la Renta.

Por eso conviene no confiarse: aunque "ya te hayan retenido", la declaración puede salir a pagar si juntas muchos intereses, dividendos o ganancias.

Tramos de la base del ahorro en 2026

La escala del ahorro aplicable en 2026 (Renta 2025) es:

  • Hasta 6.000 €: 19 %
  • De 6.000 a 50.000 €: 21 %
  • De 50.000 a 200.000 €: 23 %
  • De 200.000 a 300.000 €: 27 %
  • Más de 300.000 €: 30 %

La novedad es ese último tramo: el marginal máximo del ahorro sube del 28 % al 30 % para la parte que supera los 300.000 €. Para un ahorrador medio, que se mueve en el primer tramo, el tipo sigue siendo el 19 %.

Ejemplo: cuánto pagas por 1.000 € de intereses

Supongamos que cobras 1.000 € de intereses en el año:

  • El banco te retiene 190 € (19 %) y te ingresa 810 €.
  • Caso A — es tu único ahorro: como el total no llega a 6.000 €, tributa al 19 %. La cuota es 190 €, ya cubierta por la retención: no pagas nada más.
  • Caso B — ya tenías 6.000 € de otros rendimientos del ahorro: esos 1.000 € caen en el tramo del 21 %, así que la cuota por ellos es 210 €. Como solo te retuvieron 190 €, en la Renta abonas 20 € adicionales.

El cálculo exacto depende de la suma de todos tus rendimientos del ahorro del ejercicio.

¿Y los "regalos" por abrir una cuenta?

Las bonificaciones en especie (un televisor, un dispositivo, etc.) por domiciliar la nómina o contratar una cuenta también tributan como rendimiento del capital mobiliario en especie: la entidad valora el regalo y practica un ingreso a cuenta. Lo mismo ocurre con las bonificaciones en metálico que ofrecen muchas cuentas remuneradas. Todo ello debe figurar en tus datos fiscales.

Cuentas en bancos extranjeros y neobancos

Los intereses de cuentas y depósitos en entidades extranjeras (incluidos algunos neobancos populares) no suelen llevar retención a cuenta del IRPF español. Eso no significa que estén exentos: debes declararlos igualmente como rendimientos del capital mobiliario y, al no haber retención previa, pagarás el tipo que corresponda (desde el 19 %) de forma íntegra en la Renta. Anótalos durante el año, porque pueden no aparecer en el borrador.

Cuentas con varios titulares: quién declara los intereses

En una cuenta remunerada o un depósito con varios titulares, los intereses (y su retención) se reparten entre los titulares según su porcentaje de titularidad. Si no consta otra cosa, Hacienda presume que la titularidad es por partes iguales: en una cuenta de dos personas, cada una declara el 50 % de los intereses, aunque solo uno haya aportado el dinero. Por eso, en cuentas familiares o de matrimonio, no debe declararlo todo una sola persona, sino cada titular su parte en su propia Renta.

Repartir los intereses entre dos declaraciones puede tener una ventaja: ayuda a que cada titular se mantenga en el tramo del 19 % en lugar de que se acumulen todos en una sola persona y salten a tramos superiores.

Ejemplo con un depósito: 20.000 € a un 3 % TAE generan unos 600 € de intereses brutos. El banco retiene 114 € (19 %) y te abona 486 €. Si es tu único ahorro del año, tributan al 19 % y la retención deja la cuenta saldada. Si el depósito está a nombre de dos titulares al 50 %, cada uno declara 300 € y su retención correspondiente.

¿Tengo obligación de declararlos?

Con carácter general, si tus rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención no superan, junto a otras rentas, los límites que fija la ley para no declarar (en torno a 1.600 € anuales en este tipo de rentas), podrías no estar obligado a presentar la declaración. Pero los límites tienen condiciones, así que revisa tu caso en la AEAT. En la práctica, casi todo el mundo que tiene otras rentas acaba incluyéndolos.

Cómo declararlos en la Renta paso a paso

  1. Los intereses se consignan en el apartado B, rendimientos del capital mobiliario (la casilla 0027: intereses de cuentas, depósitos y activos financieros en general).
  2. Normalmente vienen ya incorporados en el borrador a partir de los datos que comunican los bancos.
  3. Revisa que estén todos tus bancos, sobre todo si has movido dinero entre cuentas remuneradas o tienes entidades extranjeras.

Consejos para pagar menos (o evitar sustos)

  • Reparte vencimientos de depósitos entre distintos años para no concentrar todos los intereses en un único ejercicio si estás cerca de un cambio de tramo.
  • Recuerda que la retención no exime de declarar ni equivale al impuesto final.
  • Vigila los intereses de bancos extranjeros: son los que más sorpresas dan en la Renta.

Fuentes y normativa de referencia

  • Agencia Tributaria (AEAT) — Manual de Renta, intereses de cuentas y depósitos (rendimientos del capital mobiliario, casilla 0027): sede.agenciatributaria.gob.es
  • AEAT — Cuadro de tipos de retención del IRPF vigente: sede.agenciatributaria.gob.es
  • Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF — art. 25 (rendimientos del capital mobiliario) y art. 66 (tipos de gravamen de la base del ahorro): BOE-A-2006-20764

Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento personalizado. Verifica siempre los importes y plazos aplicables a tu caso en la AEAT.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga por los intereses de un depósito o una cuenta remunerada en 2026?

Los intereses tributan en la base del ahorro del IRPF según una escala progresiva: 19 % hasta 6.000 €, 21 % de 6.000 a 50.000 €, 23 % de 50.000 a 200.000 €, 27 % de 200.000 a 300.000 € y 30 % a partir de 300.000 €. La mayoría de ahorradores se queda en el 19 %. El banco aplica una retención del 19 % en origen, pero el impuesto definitivo se calcula en la declaración de la Renta sumando todos tus rendimientos del ahorro.

¿La retención del 19 % que me hace el banco es el impuesto final?

No. La retención del 19 % es un pago "a cuenta" del IRPF, no el impuesto definitivo. En la Renta se recalcula: si el conjunto de tus rendimientos del ahorro no supera los 6.000 €, el tipo es del 19 % y la retención suele cubrir lo que debes. Pero si superas ese umbral, la parte que cae en tramos superiores tributa al 21 % o más, y tendrás que abonar la diferencia entre lo retenido y la cuota final.

¿Tributan los regalos o bonificaciones por abrir una cuenta?

Sí. Las bonificaciones en especie (un televisor, un dispositivo, etc.) por domiciliar la nómina o abrir una cuenta se consideran rendimientos del capital mobiliario en especie y tributan en el IRPF. La entidad valora el regalo y practica un ingreso a cuenta, que después verás reflejado en tus datos fiscales. También tributan, lógicamente, las bonificaciones en metálico que ofrecen algunas cuentas remuneradas.

¿Y los intereses de cuentas en bancos extranjeros o neobancos?

Los intereses de cuentas y depósitos en entidades extranjeras (incluidos algunos neobancos) normalmente NO llevan retención a cuenta del IRPF español. Eso no significa que estén exentos: debes declararlos igualmente como rendimientos del capital mobiliario y, al no haber retención previa, tributarás el tipo que corresponda (desde el 19 %) de forma íntegra en la Renta. Conviene anotar estos intereses durante el año, porque pueden no aparecer en el borrador.

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